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Cada cuatro años, millones de personas se frotan las manos por la llegada de uno de los eventos deportivos más importantes de nuestro planeta, el Mundial de Fútbol. Estamos ante un evento de tal magnitud que, no solamente levanta las pasiones de los aficionados a este deporte, sino que supone la oportunidad de que cientos de compañías, en sectores de mercado muy diferentes, puedan beneficiarse económicamente del revuelo que provocan los Mundiales de Fútbol.

Es por ello, por lo que para la edición de Rusia de este año 2018, la Federación Internacional de Fútbol (FIFA) ha vuelto a publicar sus Directrices para el uso de los signos oficiales FIFA (versión de marzo 2018 en inglés: https://resources.fifa.com/image/upload/2018-fifa-world-cup-public-guidelines-guidelines-for-the-use-of-fifa-s-2850506.pdf?cloudid=dsjils9vcg1e834moy4w) , que tanto éxito tuvieron en la edición anterior de Brasil 2014 (versión en inglés: https://resources.fifa.com/image/upload/2018-fifa-world-cup-public-guidelines-guidelines-for-the-use-of-fifa-s-2850506.pdf?cloudid=dsjils9vcg1e834moy4w), y con la que pretende protegerse frente a usos no autorizados de su Propiedad Industrial e Intelectual.

La Guía está principalmente destinada a proteger la inversión de los principales patrocinadores y colaboradores, los cuales se verían menos atraídos por el Mundial de Futbol si no dispusieran de derechos exclusivos sobre los signos oficiales para usos comerciales.

 

Los colaboradores con derecho a uso (FIFA Rights Holders)

 

Comienza la FIFA clasificando los distintos tipos de relaciones con: i) sus colaboradores comerciales; ii) los licenciatarios con derecho a retransmisión; iii) los licenciatarios con derecho a utilizar las marcas FIFA. En general, estos colaboradores disfrutan del derecho a utilizar los signos oficiales de FIFA (su PI) para programas de marketing, derechos de retransmisión o derechos de promoción y publicidad, entre otros.

Así las cosas, la FIFA distingue primero a sus colaboradores principales (como Adidas, Coca-Cola o Visa), los cuales disfrutarán del paquete más amplio de derechos de propiedad industrial para servicios de publicidad, promoción y marketing para ser empleados incluso más allá del Mundial;

Seguidamente, habla de los colaboradores del Mundial (como Mcdonald’s, Vivo o Budweiser), los cuales disfrutarán de un paquete de derechos con menor contenido que los anteriores, para ser exclusivamente utilizados con relación al Mundial.

Finalmente, el tercer grupo es el de los colaboradores regionales, los cuales no podrán ser más de veinte (cuatro por continente) y los cuales disfrutarán de un paquete de derechos de propiedad industrial, para su uso exclusivo dentro de su territorio y con relación al Mundial.

Por otro lado, también apunta que los titulares de una licencia de retransmisión (Televisión, Radio, Broadcasting, etc…), disfrutarán de ciertos derechos de difusión en territorios concretos y que los licenciatarios de marcas podrán desarrollar, fabricar y vender los productos que porten los signos oficiales de FIFA y el Mundial.

 

Los signos oficiales

A continuación, la FIFA advierte que ha desarrollado una amplia cantidad de logos, palabras, títulos, símbolos, banderas o identificativos que son empleados en relación al Mundial y sobre los que ostentan derechos de autor y de propiedad industrial protegidos tanto en Rusia como en cientos de países diferentes. A través de esta lista la FIFA pretende así protegerse frente a usos no autorizados de signos que sean idénticos a los protegidos y de signos que pudiesen generar un riesgo de confusión.

Dentro de la extensa lista que exponen (la cual es meramente ejemplificativa) podemos encontrar:

  • El emblema oficial del Mundial.
  • El trofeo oficial del Mundial.
  • La marca corporativa de FIFA.
  • La mascota oficial del Mundial.
  • Una lista de marcas denominativas.
  • Poster oficial.
  • El balón oficial.
  • Look oficial.

 

A modo de curiosidad, este último representa una serie de elementos (más de cien en total), que empleados separada o conjuntamente,  junto a los emblemas oficiales supondrán una infracción de los derechos de propiedad industrial e intelectual de FIFA. Como ejemplo de uso del look oficial, estaría la de incorporar en una imagen elementos como el balón del Mundial junto a las torres del Kremlin.

 

Como beneficiarse del régimen y ejemplos de usos permitidos y prohibidos

 

Los apartados 5 y 7 de esta Guía establecen cómo beneficiarse del Mundial sin estar infringiendo los signos oficiales FIFA y una lista ejemplificativa de usos que estarían permitidos y de usos que no lo estarían.

Este apartado, parece estar pensado para el aficionado común y que no busca un ánimo comercial en sus actos. Así las cosas, la FIFA indica que emplear imágenes genéricas de fútbol o de alguno de los países participantes en el Mundial sin el uso de la Propiedad Intelectual de FIFA (los signos oficiales), está totalmente permitido, lo que implica que los aficionados podrán apoyar a sus equipos sin estar incurriendo en un uso no autorizado.

El apartado 7 incluye una muy extensa lista con ejemplos de usos autorizados y no autorizados, con el objetivo de ayudar a terceros a no incurrir en una infracción de derechos de autor o de propiedad industrial.

A continuación vamos a escoger varios de los ejemplos provistos:

  • Prensa escrita: Podrán emplearse los signos de FIFA a efectos editoriales, pero no podrán incluirse como una parte integral de la página de publicación ni con efectos comerciales.

 

  • Competiciones, loterías o juegos: Incluir los signos oficiales en cualquiera de estas modalidades atenta completamente contra los derechos de FIFA.

 

  • Decoración de tiendas: Podrán decorarse las tiendas con elementos genéricos de fútbol o con relación a los países participantes en el Mundial, salvo que se incluyan signos oficiales de la FIFA.

 

  • Merchandising: Igual que con la decoración de las tiendas, el uso de signos genéricos de fútbol o de países no constituirá una infracción, salvo si se incluyen signos oficiales de la FIFA.

 

 

 

 

 

Conclusiones

 

A través de esta Guía, la FIFA está demostrando su compromiso para con su Propiedad Industrial e Intelectual, pero sobretodo lanza una imagen seria y de confianza para toda aquella empresa inversora que esté dispuesta a colaborar en el desarrollo comercial del Mundial.

Prueba irrefutable de ello es que la FIFA ya ha tenido tiempo de actuar contra retransmisiones ilegales que no contaban con autorización para difundir los partidos del Mundial hace apenas unos días (noticia en inglés: https://www.worldipreview.com/news/fifa-to-take-action-over-illegal-broadcast-of-world-cup-matches-16198). A su vez, entre el mes de Abril y Junio, se han interceptado más de 250.000 productos falsificados con los signos oficiales, con un valor de 1.9 millones de dólares.

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